sábado, 28 de enero de 2012

UN DISCURSO PARA EL ÉXITO POLÍTICO PERSONAL Y, EN EL FONDO, “MÁS DE LO MISMO”, O PEOR, PARA LA JUSTICIA




RUIZ GALLARDÓN, MESIÁNICO, ABRAZA A GORGIAS, EL SOFISTA, Y RECHAZA A ARISTÓTELES, EL REALISTA
(actualizado a 29 de enero de 2012)



El día 25 de enero de 2012, el nuevo Ministro de Justicia de España, Alberto Ruiz Gallardón, presentó en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados un amplio plan de reformas y medidas relativas a la Justicia, junto a otras de distinta naturaleza, de las que no voy a ocuparme aquí.

El Ministerio de Justicia distribuyó de inmediato una extensa nota de prensa, que bastantes medios colgaron de sus páginas como texto íntegro del discurso de Ruiz Gallardón, pero que estaba muy lejos de proporcionar una idea precisa de ese discurso. Les dejo este enlace a la web del Ministerio con la viva recomendación de que lean el discurso, que no resulta tedioso, es muy interesante y no demasiado largo:

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1215197775106/Medios/1288776253703/Detalle.html

Por si cambia la web del Ministerio, dejo este otro enlace, que no cambiará fácilmente:

http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/DS/CO/CO_025.PDF#page=2

De entre todo lo anunciado, se destacó por los “medios” y aún genera numerosos comentarios, dada su importancia constitucional y política, la vuelta a la designación por los Jueces y Magistrados en activo de los 12 Vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que deben ser Jueces y Magistrados “de todas las categorías judiciales” (art. 122.3 CE). Este anuncio de cambio sólo puede merecer una opinión positiva por mi parte, aunque nunca he pensado, y tampoco pienso ahora, que con la vuelta a la “lectura” inicial de art. 122.3 de la Constitución se vaya a transfigurar de inmediato nuestra maltrecha Justicia en una Justicia resplandeciente.

Que este cambio sea más o menos efectivo para comenzar a regenerar la Justicia, liberándola de impregnaciones político-partidistas, depende en buena medida de que el sistema electoral nuevo de los 12 Vocales judiciales no privilegie el corporativismo y no disuada o dificulte candidaturas independientes. No se trata de maltratar a las asociaciones profesionales, pero sí de no considerarlas protagonistas casi exclusivas. Y por supuesto, el inicio de la regeneración dependerá, como siempre, del “factor humano”.

Pero voy ya, tras esos antecedentes, a lo que me importa hoy: un análisis y valoración general, por si sirve de orientación a los lectores de este "blog", del discurso de Alberto Ruiz Gallardón, como un hito histórico innegable: el comienzo de un nuevo Gobierno y un nuevo Ministro.

El discurso, formalmente brillante, mezcla, con eficacia retórica, la exposición de fenómenos negativos innegables, unos cuantos análisis críticos y algunos propósitos muy generales y por eso poco discutibles, de un lado y, de otro, la formulación de auténticas apuestas por opciones de política legislativa que, a mi parecer, hoy carecen de fundamento empírico y, por supuesto, teórico. Estas apuestas son lo que importa. Y veo, ante todo, que al expresar esas apuestas el orador incurre en el frecuentísimo error lógico de creer -porque de auténtica creencia se trata- que el mal funcionamiento de lo que hay o los pretéritos errores de diseño garantizan el acierto del diseño propio y de la personal ocurrencia de cambio. Hablo de error lógico -y a la lógica metafísica me refiero- porque no otra cosa es este "argumento": “como todo está muy mal y estoy describiendo muy expresivamente lo mal que está todo, lo que yo propongo es lo certero, lo factible, lo bueno, el bien.” Otro gran error lógico -convertido en instrumento de una retórica lamentablemente cotidiana- es éste: “como lo que me propongo lograr es bueno, lo es también el plan para lograrlo; más aún: no es que sea bueno el plan, sino que es el mejor”.

El discurso de Ruiz Gallardón revela sus cualidades y su ambición política, que no es en sí misma ilegítima y censurable, sino más bien lo contrario. Pero me parece esas cualidades no son, por sí solas, ni suficientes ni las más adecuadas para lo que dice querer el Ministro y para lo que debería querer en razón de su cargo: una reforma seria y viable de la Justicia española o, de no ser posible, un mejoramiento importante de su estado, muy preocupante. En el discurso del 25 de enero de 2012, se ve que a sus sobresalientes cualidades personales, Ruiz Gallardón no añade (o le ha fallado en ese trance) la prudencia, elemento clave del acierto de cualquier acción humana. Vale la pena detenerse un poco en la prudencia, tan mal comprendida.

La prudencia es el trascendental hábito de trazar buenos puentes entre lo intelectual y lo agible, entre la cabeza, la voluntad y la acción. Mucha gente identifica prudencia con poquedad de ánimo, con vacilación, con inacción, incluso con miedo. Llaman prudentes a los timoratos. Llaman prudentes a los indecisos y a los que eluden los problemas y sistemáticamente se inclinan a la dilación y a la pasividad. No pueden estar más equivocados. La prudencia, el hábito de saber transitar certeramente desde el pensamiento y el conocimiento a la acción, aconseja o impera, muchas veces, adoptar decisiones sin demora, actuar magnánimamente, iniciar empresas arduas. Pero la prudencia requiere, como presupuesto previo, un conocimiento lo más completo y contrastado posible de las realidades que han de ser tomadas en cuenta para adoptar decisiones y actuar. Y en el discurso de Ruiz Gallardón se nota mucho la falta de un conocimiento adecuado y proporcional sobre lo que es objeto de la notable pieza oratoria. Con ciertos recursos retóricos, ya más que bimilenarios, cuatro datos llamativos pueden ser vistos y presentados como muestras de sobrado conocimiento por quienes no conocen aquello que el orador afirma describir. Y también por insuficiente conocimiento, puede pasar desapercibida la gran pirueta ejecutada para eludir la distancia que media entre la veracidad en la descripción de síntomas y el acierto en el diagnóstico y en el tratamiento, uno y otro tanto más difíciles siempre, cuanto más numerosas y más graves sean las diversas dolencias. Pero si se sabe algo sobre la realidad de la Justicia y se pone atención en la lectura del discurso, se advierte que el diagnóstico ministerial son meras palabras sin real significado sobre las causas de los síntomas. Algo así como cuando, ante una persona con fiebre, el médico se limita a diagnosticar “distermia”.

Los buenos médicos, ante un paciente con numerosos y variados síntomas morbosos, se proponen, para empezar, descubrirlos todos. Pero después han de responder al interrogante sobre sus causas, sin olvidar nunca las interrelaciones. Mientras no se conocen las causas, hay una labor pendiente y, en tanto se prosigue en ella, se aplican tratamientos que se reconocen abiertamente como sólo sintomáticos. Entre la muy mala situación de un paciente y su completa curación con estado de buena salud hay muchos estadios intermedios y, salvo casos especialísimos, no cabe la completa inactividad hasta que se piense que se ha dado con la causa de todos los males del enfermo. No es sólo que en muchos casos no se trata de una sola causa, sino de varias, sino que el paciente es llamado así porque padece, porque sufre y hay que procurar que sufra menos y que mejore en cuantos aspectos sea posible.

Pues bien, en el discurso de Ruiz Gallardón hay, ya lo he dicho, una expresiva descripción de algunos síntomas, pero el diagnóstico lisa y llanamente no existe, porque no se conocen las causas de los síntomas. En general, el desconocimiento inicial de las causas de unos síntomas nada tiene de reprochable siempre que se reconozca y se siga investigando. El buen médico escribe, ante el paciente febril, “distermia idiopática” (es decir, sin causa conocida), receta un antipirético y procura averiguar la causa de la fiebre. Pero el discurso de Ruiz Gallardón no trasluce una actitud elemental y coherente con la sinceridad de la preocupación ante un organismo muy enfermo. Me refiero a la actitud que lleva a formular y a formularse una sencilla pregunta: ¿por qué? La Justicia es un organismo complejo que aún funciona, aunque con fallos preocupantes (no mayores, sin embargo, que los de las Administraciones Públicas y otros órganos del Estado: hay que decirlo muy claro). Habría que preguntarse, entonces, ¿por qué este fallo y aquel y aquel otro?

En el territorio de la Justicia, los “por qués” son siempre históricos, es decir, sucesos o elementos dados en el tiempo. Un proceso de raciocinio decente y sano exige, tras establecer lo que ocurre ahora que no está bien, preguntarse qué ha ocurrido antes que pueda haber conducido a los males actuales. En la salud humana influyen elementos involuntarios, porque cada uno de los órganos, los grandes, los medianos y los pequeños, por no hablar de células, proteínas, neuronas, cromosomas, etc., evolucionan muchas veces sin relación con lo que hace u omite el ser humano de que se trate. Pero en la Justicia no se dan esos factores ni esos procesos absolutamente independientes de los comportamientos humanos. Lo que ocurre ahora en la Justicia obedece a lo que, antes, muchas personas han hecho (con todas las característas de sus acciones y en las circunstancias concomitantes) o han omitido (con todas las circunstancias que rodean las omisiones).

Uno de los pasajes más efectistas del discurso de Ruiz Gallardón es aquel en que, aun con el error de equiparar normas positivas muy desiguales, expone el gran número de reformas sufridas (¿no es curioso que siempre se utilice el verbo sufrir?), en poco tiempo, por leyes sobre la Justicia. Lo racional sería preguntarse si, por poner un ejemplo, se hizo algo mal al regular esto en 1985 para que hubiese que reformarlo dos años después y en qué falló al legislador en 2009 para legislar de nuevo en 2011. Quizá algunas leyes obedecían a la necesidad de afrontar una realidad nueva, pero un río de reformas legales como el expuesto por Ruiz Gallardón supone que bastantes leyes fueron desacertadas y que los errores no se enmendaron con las leyes sucesivas, sino que más bien se agravaron y empeoraron el estado general de la Justicia, sin descartar efectos colaterales que hubieran podido preverse y no se previeron. Sería lógico y necesario, antes que nada, determinar por qué la Justicia enferma, tras la albarda sobre albarda de muchos amontonados cambios legales, no sólo no mejoró, sino que sufrió nuevos dolores y un debilitamiento general que la tiene hoy en estado de postración.

No digo que sea necesario reconstruir minuciosamente cada paso de la historia de la Justicia en el medio siglo pasado, como si observáramos todo lo que fue aconteciendo con una moviola o mecanismo similar. Lo que digo es que no cabe prescindir de la historia de las realidades judiciales -el plural es porque son varias y muy distintas- y de la influencia de las reformas legales y su aplicación para conocer el por qué del sucesivo empeoramiento de nuestra Justicia. Pero, además, conocida y aireada por el Ministro la cascada incesante de reformas legales, ¿no le aconsejaban un mínimo de prudencia y un mínimo de inteligencia no apresurarse a fiar en otra cascada de grandes leyes nuevas la restauración de una aceptable salud de nuestra Justicia, que ahora padece tantas enfermedades simultáneas? La respuesta no ofrece duda y, por tanto, el brillante discurso, cuando se lee entero con mediano conocimiento de la realidad, no puede esconder la falta de prudencia y la debilidad raciocinante, por mucho artificio retórico que se haya desplegado, contando sin duda con la general ignorancia (no reprochable) de los ciudadanos y la superficialidad de “informadores” y "columnistas".

El Ministro no ha hecho honor a su reconocida inteligencia. Doy por seguro que Ruiz Gallardón se ha formulado y ha dirigido a otros la pregunta elemental y básica: ¿por qué? ¿Por qué esto, lo otro y lo de más allá? Pero, a falta de conocimientos propios -no es un reproche, sino la realidad inherente a sus importantes dedicaciones anteriores y a su muy limitada experiencia como Fiscal-, no ha recibido verdaderas respuestas, fundadas en la realidad histórica, en lo que ha ocurrido antes de este ahora. El Ministro ha manejado algunos fenómenos negativos de la Justicia, innegables, sin interés por sus causas, como elementos de una pieza oratoria en pos del aplauso y no de la verdad de las cosas. Así era la retórica de los sofistas, encaminada al triunfo del orador, pero la retórica en general -el arte de persuadir- no está reñida ni con la verdad ni con el deseo sincero de formular propuestas realistas. Esta retórica, la de Aristóteles, no es la del discurso del Ministro. Sobre Aristóteles, el Ministro ha preferido resueltamente a Gorgias, primer maestro de los sofistas.

No hay que ser adivino para concluir que Ruiz Gallardón ha recibido, sobre los “por qués” de las cosas, las respuestas que son habituales en quienes, presuntos "entendidos", que también desconocen la realidad de la Justicia y su historia, porque ni la han vivido ni la han estudiado. Esa gente -casi todos los que componen un grupo que no cesa de crecer: lo que he llamado en varias publicaciones la subclase política judicial, enucleada en torno al CGPJ y a varios Gabinetes técnicos, Ministerio y algunas Consejerías- responde al “por qué” con tópicas vaciedades absolutas, con fórmulas generales desprovistas de contenido. Lo que está mal nunca tiene para ellos causas susceptibles de descripción. Hablan de la Administración de Justicia como si no fuese un conjunto de tareas que, mejor o peor, realizan ciertos seres humanos, sino una fórmula abstracta, un modelo teórico o una máquina. Y, al ignorar, por pereza y por desinterés, lo que ha venido ocurriendo en la realidad, sus respuestas al “por qué” de los males concretos de la Justicia -males que tampoco conocen bien- se referirán a estructuras y a modelos e incluso a conceptos (p. ej., el “concepto de partido judicial”). Y todo lo que propondrán, una vez más, será cambios de estructuras y de modelos, para instaurar nuevos conceptos y nuevas estructuras, conforme a nuevos modelos. Si tuvieran un taller y Vd. les llevase su automóvil con fallos o averías, no le dejarían ni explicarlas: le hablarían de la opción de cambiar modelo pero insistirían, sobre todo, en la superación del concepto de automóvil.

No es culpa del Ministro de Justicia que los políticos judiciales profesionales -pobladores de un entourage de la Justicia parasitario de ella, personas que no impetran ni imparten justicia, que no resuelven pleitos ni juzgan nada ni actúan para transformar una situación real de modo que Ticio, Calpurnia y Cayo reciban lo que les corresponde- le hayan proporcionado falsas respuestas al “por qué”, en vez de explicaciones detalladas y completas de lo ha ocurrido, causas de lo que ahora sucede. No es culpa del Ministro que le hayan aconsejado cambiar estructuras y modelos, sin sugerirle siquiera la conveniencia de estudiar muy bien los distintos síntomas patológicos de nuestra Justicia para determinar sus causas y jerarquizarlas y, en definitiva, disponer de un diagnóstico serio, única base racional de un tratamiento que dé resultados.

Sí es culpa exclusiva del Ministro, en cambio, haber aceptado y hecho propias esas respuestas, a todas luces insuficientes, como mínimo, para una mente despierta como se supone que es la de Alberto Ruiz Gallardón. Y no es culpa leve, porque me parece inverosímil que esa mente despierta no haya visto la vaciedad de los tópicos, refritos de refritos, sin frescura ni originalidad alguna y, sobre todo, sin contenido. Y como no concibo a Ruiz Gallardón engañado por personas más incultas y torpes que él, tengo necesariamente que concluir que, dando de lado el rigor intelectual, le ha interesado políticamente utilizar las respuestas falsas y hacer apuestas sobre modelos y estructuras, con descalificaciones sumarias a base de palabras mágicas -caduco, obsoleto, decimonónico, etc.- que sustituyen a las explicaciones detalladas y a cualquier clase de argumentación.

En la nota de prensa se leía que, para el Ministro, «esta será una legislatura “consagrada a la gestión”». Esa frase de la reseña era muy engañosa. Consagrarse a la gestión, expresión en sí misma equívoca, podía entenderse en el sentido de ocuparse primordialmente de poner orden en una situación cercana al caos y procurar que las cosas funcionen, con una dedicación más racional de todos los servidores de la Justicia y con cualquier mejora posible de los medios materiales, así como el estudio y ejecución de los cambios legales imprescindibles para lograr que la Justicia recupere una aceptable normalidad. Pero lo que Ruiz Gallardón dijo fue muy distinto. Dijo esto: «todos estos problemas [AOS: muchos, muy complejos] tienen que tener solución en una legislatura que, con ocasión de mi toma de posesión, califiqué como una legislatura de gestión, pero que hoy me gustaría llegar un poco más lejos y decir que va a ser, y sobre todo, una legislatura de transformación

ACTUALIZACIÓN A 29 DE ENERO DE 2012: El Ministro rectificaba y mucho. Y también presumía mucho. Era mucha, demasiada presunción. Esa con la que cualquier persona inteligente se pasa de inteligente, se pasa de listo. Pero el Ministro ha ido cada  día más lejos. Ahora ya  todos, antes que  él, han sido tontos o vagos o ambas cosas. No se ha hecho nada acertado desde que murió Franco (1975). No exagero. Vean como se expresa en ABC, 29 de enero de 2012: "El problema de la Administración de Justicia es estructural, de gestión, no de personas. Esto tiene una parte positiva y una parte negativa. La positiva es que si el problema fuera de incapacidad de sus protagonistas, no tendría remedio. La parte negativa es que tenemos un esquema de funcionamiento heredado de los siglos XIX y XX y, amparándonos siempre en que la calidad humana de los jueces sería capaz de superar la deficiencia orgánica del sistema, no hemos abordado el problema desde la Transición y en todos estos años de democracia."

Hablando de las leyes en términos de extensión,  ¿no se hizo acaso una gran Ley Orgánica del Poder Judicial en 1985, que sustituyó a la de 1870, y no se cambió el esquema de funcionamiento con la gran Ley Orgánica del 2003 (reforma de la L.O. de 1885) y con la gigantesca ley procesal de 2009? ¿Pertenecen los años 2003 y 2009 al siglo XIX o al siglo XX? Ruiz Gallardón llega aquí al desbarre. Un desbarre tal sobre los hechos, algunos muy recientes, que el 29 de enero de 2012 desacredita todo lo dicho cuatro días antes.

Con una nueva adulación a los "operadores jurídicos", el Ministro enarbola como estandarte propio el axioma de que todo consiste en el modelo, en la estructura, en el "esquema de funcionamiento". Esta intensidad de apuesta por el axioma, superando con mucho a sus consejeros, me hacen dudar de la inteligencia de Ruiz Gallardón a la que me he referido en este post tantas veces. Se diría que la inteligencia ha quedado neutralizada, desactivada, por un grave fallo emocional y psíquico. Está, por añadidura, el pequeño detalle de que, para reforzar la retórica sofista, pone el siglo XX a la par del XIX (así son dos siglos de desfase), sin parar mientes en que el siglo XX está sólo a doce años de distancia y, si se retrocede cuatro años más (hasta dieciséis), eso incluye varios gobiernos de su partido: las dos legislaturas de Aznar: considerar nada, no sólo las reformas de 2003 y 2009, sino también, por ejemplo, los Juzgados de lo Contencioso y las leyes de la jurisdicción contencioso-administrativa y de enjuiciamiento civil es una descalificación insensata y disparatada, porque son innumerables las valoraciones en sentido opuesto a la del Ministro.

Pero este pequeño detalle o la demagogia con que afirma que no pedirá que se le reconozcan como servicios especiales en la Fiscalía todos sus años en la política, son algo anecdótico comparado con el iluminado mesianismo patente en la entrevista de ABC, en la que Ruiz Gallardón afirma su axioma del cambio total estructural, que nadie, a lo largo de 37 años (1975-2012), ha visto con la claridad con que él lo ve. El Ministro está de mesiánico como ZP, pero con más garra, o sea, peor. Si piensan que exagero, lean la entrevista:

http://www.abc.es/20120129/espana/abci-entrevista-gallardon-ministro-justicia-201201290257.html

Retomo el hilo: transformación, de inmediato, es, cabalmente, la misma cantinela de los últimos tiempos, los del siglo XXI, unos tiempos de incesante agravamiento del estado de nuestra Justicia. Y leído el discurso entero, resulta que, en conjunto, respecto de la Justicia, se va a seguir lo que, consensuado con el actual CGPJ (maridado con el Ejecutivo: recuerden aquellos “post”: http://www.andresdelaoliva.blogspot.com/2011/04/casorio-de-la-cupula-de-la-justicia-y_23.html, dejó pendiente el Ministro predecesor, Caamaño (tribunales de instancia, más poder a los fiscales en el proceso penal, por ejemplo). Y, aunque el Ministro lo procure disimular verbalmente (la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, dice en ABC, no tendrá el "mismo texto" que el anteproyecto de Caamaño)  se trabajará en eso que dejó pendiente el predecesor con parecida inspiración y en la misma dirección en la que caminaba el Gobierno de Rodríguez Zapatero. No otra cosa significan las reiteradas referencias al consenso con el actual CGPJ.

La importancia de la reforma del sistema de designación de los 12 Vocales del CGPJ no disfraza bien el continuismo en casi todo lo demás, aunque, por supuesto, todo se vaya a presentar como made in Gallardón. Con esta concreta innovación sobre los vocales judiciales del CGPJ, al igual que con otras propuestas del discurso no relativas a la Justicia (que constaban en el programa del PP y tampoco son, por tanto, de la cosecha personal del nuevo Ministro), se ha buscado -y logrado, todo hay que decirlo- dar una impresión de gran cambio, la impresión, la apariencia que le interesaba y le interesa al nuevo Ministro. Gorgias triunfa sobre Aristóteles. A Gorgias le interesaba su triunfo, que logró. Aristóteles fue otra cosa.

El de Ruiz Gallardón es probablemente un inicial triunfo político personal, quizá incluso un gran triunfo inicial, a costa de haber lanzado públicamente la falsa y deletérea idea -absolutamente falsa, muy dañina para España e insultante para miles “operadores jurídicos”- de que, en gran medida, nuestra crisis económica se debe a nuestra Justicia, que es factor desincentivador de la inversión propia y extranjera. Y a costa de insistir en algo tan extraño como atribuir a nuestra Justicia el secuestro de grandes recursos económicos, al vincular nada menos que “decenas de miles de millones de euros” (improductivos, según el Ministro) a los litigios ante los tribunales españoles, como si un crédito litigioso automáticamente tornara improductiva, apartada de la vida económica, la cantidad de euros en litigio, lo que sería, más o menos, como considerar desaparecidos de nuestro territorio los inmuebles sobre los que haya pleitos.

Esta curiosa y nunca desarrollada idea viene de Carlos Dívar, como de la máxima cercanía de Dívar procede el nuevo Secretario de Estado (ambos apartados de las realidades importantes y diarias de nuestra Justicia desde hace muchos años, más de 30 en el caso de Dívar, que lleva concretamente 38 años sin tramitar un proceso entero y dictar una sentencia). Si “por sus frutos los conoceréis” -afirmación que sin duda reconocerá acertada Dívar, unico presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ anunciado en nuestra historia por un Presidente del Gobierno, Rodríguez Zapatero-, ¿no hay una gran contradicción entre la descripción de la politización de la Justicia en el discurso de Ruiz Gallardón, politización originada en estos CGPJ mal paridos, que nacerán pronto de otro modo gracias al orador y el hecho de que el mismo orador acoja sin reservas, en quince días, todo lo que este CGPJ ha estado propugnando y sigue apoyando? Si tan excelentes son los frutos de este CGPJ, en su gestión ordinaria, en sus ocurrencias y en la ejemplaridad de su austeridad y de la dedicación de sus miembros al trabajo, ¿por qué cambiar el modelo?

Sólo añadiré una cosa más. Si la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial anunciada -no ya una reforma relativa al CGPJ- fuese una cuidadosa rectificación de la vigente, con innovaciones oportunas y factibles, bienvenida sería, porque vendría bien. Las fuentes del llamado “Derecho judicial” son ya demasiadas y demasiado malas, con constantes infracciones de la jerarquía normativa y hasta de la imprescindible promulgación de toda norma positiva. Pero si de lo que se trata es de poner nuevamente patas arriba a la Justicia, por las originales ocurrencias de unos sedicentes expertos, he de advertir, recurriendo a lo que le escuché a un amigo hace mucho tiempo- que no se sabe de un solo caso de enfermo que haya sobrevivido a una autopsia. Y la Justicia no está ahora para cirugías mayores invasivas y generales, que serían como autopsias: se quedaría definitivamente patitiesa en el trance quirúrgico.

A fin de cuentas, todo era de esperar. Cuando los políticos no saben qué hacer, hacen leyes, en especial a falta de millones para hacer algo visible y tangible. A comienzos de 1974, en un pequeño artículo titulado “Respetar la ley” (me refería a que el legislador, al legislar, respetase la idea de ley), publicado en la principal revista procesal de entonces, ya me quejaba de que algunos hiciesen leyes sólo para apuntarse tantos, como, si pudiesen, inaugurarían autopistas o pantanos.
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PS. Tras repetir un análisis de costes-beneficios (personales los primeros; generales, los segundos), me he reafirmado en mi convicción de que no me incumbe, ni escribiendo en este “blog” ni de ninguna otra forma, ocuparme de las vicisitudes de los proyectos generales relativos a la Justicia española y menos aún presentar alternativas. No tengo ninguna obligación jurídica de hacerlo, ni por mi status profesional ni por vínculos contractuales, inexistentes. Y tampoco estoy obligado moralmente a tamaña tarea. De mi gusto, ni les hablo. Por eso, no hecho ni voy hacer en lo sucesivo, un análisis sistemático y pormenorizado del muy variado contenido del discurso del Ministro en lo directamente relativo a la Justicia española. Después, insisto, no dejaré de tratar aquí asuntos de la Justicia, pero escribiré sobre lo que ocurra (sin excluir a priori lo que diga o haga Ruiz Gallardón) y considere interesante.

sábado, 21 de enero de 2012

LAS GARANTÍAS JURÍDICAS, EN VÍAS DE DESACTIVACIÓN



EL ESPIONAJE CON BUEN FIN, NO PUNIBLE, SINO LAUDABLE, Y OTRAS TROPELÍAS


He estado pensando durante muchos años, y aún lo pienso, que las garantías jurídicas se establecen para evitar o atenuar los peligros de algo indeseable y no para reaccionar contra los daños indeseables, cuando del peligro se ha pasado a la realidad. Pero, al parecer, debo someterme a una rehabilitación china tipo “Revolución Cultural”, porque si en un caso de espionaje -digámoslo así, para que se entienda mejor-, lo que importa no es, prohibido y penalizado el espionaje, si se espiaba o no, sino si el espionaje era con buen fin (como antaño se preguntaba del cortejo de los mozos a las mozas) o a mala idea y si también es decisivo qué se hizo con lo espiado: si se guardó todo el material; si el material fue seleccionado y quién lo seleccionó; si se guardó pero no se usó; si se guardó parcialmente y se usó parcialmente; si se espió por el bien de los espiados o para perjudicarles; si los espiados era buenos o malos o si el espía dice cuando se le juzga, no antes, que los espiados blanqueaban dinero, etc., si todo esto es relevante frente a una clara prohibición de espiar, entonces yo no había entendido las prohibiciones de espiar, la dirigida a todos y la específicamente dispuesta para los jueces. No había entendido que esas prohibiciones no pretenden salvaguardar la intimidad y otros derechos, sino sólo sancionar a quienes espian con mala intención, con claros resultados dañinos y a buenas personas (declaradas tales por quien proceda). Estoy envenenado con viejas e inaceptables ideas y debo desintoxicarme y reciclarme para no seguir pensando y diciendo errores contraculturales y confundiendo a la juventud en las aulas y a todos en cualquier parte. Tal vez beber la cicuta sea excesivo, pero rehabilitarme, desaprender (cosa que se ha apuesto de moda) y reaprender sería imperativo para mí. Lo tengo que pensar. Aunque la verdad es que poco tendría que pensar cuando la Fiscalía insta el espionaje prohibido y cuando después lo apoya. Ya consta la Buena Doctrina Nueva del Ministerio Fiscal en España: http://andresdelaoliva.blogspot.com/2010/06/el-consejo-fiscal-un-corporativismo.html

Así que ya lo saben Vds. El secreto de las comunicaciones -en general o el especifico de ciertas comunicaciones- (art. 18.3 CE) no es vulnerado si la comunicación es interceptada, sino sólo si lo interceptado se usa mal por el interceptador y por quienes cooperen con él y únicamente cuando los que se comunican son buenas personas. La Buena Doctrina Nueva supone, asimismo, que la inviolabilidad del domicilio (art. 19.2 CE) no es violada simplemente cuando se entra en el domicilio sin permiso ni autorizacion judicial (o con una autorización sin motivar). No: nada malo hay en invadir el domicilio ajeno si en él no se causan destrozos ni se roba ni se desordena nada, y no digamos si encima se deja un ramo de flores o una caja de bombones o se friegan los platos sucios. Si Vd. denuncia que alguien ha entrado en su casa sin permiso, la policía le dirá algo así: “pero, bueno, ¿echa Vd. algo en falta, le han ensuciado la casa o alguna habitación, le han desordenado las cosas? ¿No? Pues, entonces, de qué se queja Vd., caballero, y por qué nos hace perder el tiempo con su absurda denuncia?” (lamentablemente, el ejemplo es real: el agente fingía desconocer el allanamiento de morada).

Otra garantía desactivada: el derecho al juez predeterminado por la ley (art. 24.2 CE). Lo concebíamos algunos como un medio para evitar el peligro de que, con estas o aquellas manipulaciones, nuestro caso acabe siendo juzgado por la persona o personas que algunos poderosos o poderosillos consideren más convenientes, para que nos favorezcan o para que nos perjudiquen. Se vulneraría ese derecho por el solo hecho de que nuestro caso fuese a parar a quien no le correspondía según la ley o según reglas infralegales autorizadas por la ley pero preestablecidas. Y, desde luego, se vulneraría cuando no existiesen esas reglas o no se hubiesen publicado y fuesen desconocidas o se cambiasen cada dos por tres. Pues no, la Buena Doctrina Nueva sería ésta: mi derecho al juez predeterminado se vulnera sólo cuando descaradamente han puesto un juez o tribunal “ad hoc” para mi caso o cuando puedo demostrar que, de haberse seguido los criterios normativos para fijar el juez o tribunal de mi caso, la sentencia habría sido distinta.

Dejo para el final lo que comienza a suceder con la libertad de expresión, algo aún más grave que la distorsión de la idea de garantía. Porque, además de que la función de garantía es absolutamente despreciada, se vacía de contenido una libertad básica. Veamos: tenemos derecho -y un derecho fundamental, especialmente protegido- a “expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción”, sólo limitado por “el respeto a los derechos reconocidos en este Título (es decir, otros derechos fundamentales concretos), en los preceptos de las leyes que los desarrollen (que desarrollen los derechos, no que se los carguen) y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.” (art. 20 CE). Se trata aquí, no sólo de reconocer, proteger y garantizar la “dignidad de la persona” y a los “derechos inviolables que le son inherentes” (art. 10.1 CE), sino también de garantizar el "pluralismo político", que es, en España, uno de los “valores superiores de su ordenamiento jurídico” (art. 1 CE). Pues, pese a todo esto, resulta que el legislador -es decir, tal o cual mayoría parlamentaria- ha decidido que hay ideas que no se pueden expresar, sin que esas restricciones, reforzadas incluso con sanciones penales en caso de no respetarse, tengan un claro fundamento ni en otros derechos fundamentales ni en el derecho al honor, a la intimidad, etc.

Ni que decir tiene que toda la literatura mundial sobre libertad de expresión (excluidas las doctrinas despóticas, claro es) abona la idea de que sus limitaciones han de ser muy pocas, muy claras y muy justificadas. De lo contrario, la dignidad de la persona es objeto de burla y la democracia se corrompe. Más vale dejar que libremente se digan tonterías o barbaridades (históricas, científico-experimentales, lógicas, etc.: tonterías y barbaridades que no insulten, dejando a un lado a los hipersusceptibles), que hacer o permitir catálogos de tonterías y barbaridades inexpresables. Esta segunda opción entraña para todos peligros mucho más graves que los riesgos de la libertad. In dubio, libertas. Pero la aludida literatura, confirmada por muchas sentencias de muchos tribunales mundiales fiables, no existe para los dirigentes políticos y sociales partidarios de construir la sociedad según sus superiores criterios (eso piensan o así se comportan) en vez de que la sociedad sea, en ciertos aspectos, el resultado de la libertad de las personas que la componen. A estos arquitectos sociales les sobra el concepto clásico de garantía y la libertad personal debe estar limitada por criterios de corrección en todos los órdenes. Imponen esos criterios indirectamente, pero también, en los últimos tiempos, de forma directa y abierta, por leyes que neutralizan los parámetros constitucionales. Y es que, a fin de cuentas, a estos arquitectos sociales les sobra el Derecho. La ley, no: la ley (en realidad, la pseudo-ley) es su principal instrumento de demolición y de construcción. Pero el Derecho, como todavía no han logrado que desaparezca su mera noción, sólo les sirve convenientemente retorcido.

miércoles, 18 de enero de 2012

GRAN PATINAJE DEL NUEVO MINISTRO DE JUSTICIA (y II)



NI FRANCESES NI ESPAÑOLES PADECEMOS DELIRIOS QUERULANTES COLECTIVOS

(O LA MURGA MENDAZ DE LA LITIGIOSIDAD EXPONENCIALMENTE CRECIENTE)



Un amable e ilustrado lector de este “blog” me ha hecho caer en la cuenta de que la Exposición de Motivos de la malhadada y mal denominada Ley 37/2011, de medidas de agilización procesal, que mejor debiera llamarse de reducción de la tutela judicial, se atreve a afirmar lo siguiente: “Los datos estadísticos más recientes sobre entrada de asuntos en nuestros tribunales acreditan que en los últimos tiempos se ha producido una subida exponencial de la litigiosidad. Así, el número de asuntos ingresados en todas las jurisdicciones durante el año 2009 ha tenido un crecimiento cercano al 33 % con relación al número de asuntos ingresados 10 años antes. En algunos órdenes jurisdiccionales el volumen de entrada ha sido especialmente intenso, como en el civil, que ha doblado la entrada de asuntos en esa misma década.” Ya sabemos, por “entradas” anteriores de este “post”, la falsedad de esas frases, en las que, además, el mendaz aumento en un solo año, el 2009, es situado a la par del incremento en una década, que no ha sido constante, sino interrumpido (el incremento existió únicamente hasta el 2008) y que no ha sido, por supuesto, exponencial (hagan el favor los redactores de papeles oficiales, cuando utilizan conceptos matemáticos, de no decir majaderías detectables incluso por los que hicimos Bachillerato de "Letras").

En todo caso y con independencia de mentir o hablar sin saber, ¡nuestros dirigentes están pesadísimos con lo de la litigiosidad en España! Estar dando la tabarra con el exceso de litigiosidad es como si nos riñeran cada dos por tres por el número excesivo de españolitos acatarrados o por el escaso número de españolitos que pasean. En países de ambiente tristón (poca luz, poco sol, mucha lluvia), a los políticos les puede preocupar el número de suicidios, pero no riñen a la gente por no estar más animada. No seré yo quien censure que nuestros dirigentes se preocupen por fenómenos preocupantes, pero cuando no hay preocupación por las causas de un fenómeno no hay preocupación verdadera, sino simple vagancia, que precede a la demagogia.

Si hay libertad para deambular, cada cual deambula o se queda quieto a su libre arbitrio. Unos sestean o se arriman a la mesa camilla y otros hacen footing, trekking, senderismo, puenting o siesting, según les brota. Pues si hay derecho a la tutela judicial efectiva y, por fortuna, los costes no son prohibitivos, los que quieren litigar, litigan  (de ordinario, porque necesitan esa tutela). Si en el pack del Estado dizque moderno está incluida la Administración de Justicia, los que consideran que la necesitan, acuden a los Juzgados y Tribunales. Del mismo modo que utilizamos la red viaria para circular o el sistema sanitario para recibir asistencia médica.

Que los representantes del Estado se estén quejando a todas horas del número de pleitos es como si a todas horas se quejasen del número de enfermos, del número de calvos, del número de paseantes o del número de sedentes. Cuando nuestros dirigentes vean situaciones extrañas, investiguen las causas, insisto, pero no hablen como si dieran por sentado que la gente pleitea por gusto morboso (son muy pocos los que así lo hacen). Si en los Juzgados y Tribunales regalasen una TV de 40 pulgadas Full-HD por cada demanda o por cada recurso, el Ministro de Justicia debería plantearse, desde luego, eliminar una tal campaña de estímulo de la litigiosidad. Pero esos regalitos no los hacen más que las entidades financieras si les llevas la nómina y si, además, tienen un “stock” de televisores atrasados de 26 pulgadas. Aquí ni siquiera hay bandejitas con caramelos en los Juzgados y Tribunales y, como ya dije en el “post” anterior, desde el 2002 no han dejado nuestros gobernantes de encarecer y desestimular la litigiosidad, con la que recaudan unos cuantos millones de euros (cifras completas inaccesibles). Así que, con la litigiosidad, señores gobernantes, menos llorar y más currar. La buena Justicia reduce los pleitos.  

Nunca se ha dicho que en España se litigue por vicio (en alguna región, antaño, podía darse, ya no). El “delirio querulante”, denominación tradicional y aún vigente de patologías psiquiátricas relacionadas con pleitos o querellas (hay obsesión, neurosis, paranoia, etc.) no es una enfermedad extendida en España. Y tampoco hay una manía querulante generalizada. Aquí impera, más bien, el conocimiento y la aceptación generales de  la maldición gitana (“pleitos tengas, y los ganes”) y se reconoce la sabiduría del dicho popular “más vale un mal arreglo que un buen pleito”.

En España, la Justicia, aunque su coste no sea disuasorio en grado superlativo (como lo es en países demasiado rendidamente admirados y demasiado imitados por nosotros), tampoco sale gratis, ni siquiera a los que puedan acogerse al llamado “derecho a la justicia gratuita”. A los españolitos litigantes -no a las Administraciones públicas demandadas ni al Estado cuando acusa- les puede salir por un congo emprender un pleito temerario o, lo que es peor aún, pleitear y perder, aunque las pretensiones no sean temerarias, porque si pierden, pagan las costas del contrario. De manera que, en todo caso, no descarten nuestros dirigentes que las estadísticas de asuntos judiciales estén infladas por algún motivo, Descarten, eso sí, que puedan ser los litigantes quienes las inflen.

FRANCIA Y ESPAÑA

Dicho todo lo anterior, vuelvo al breve discurso del nuevo Ministro de Justicia, el 3 de enero de 2012, transcrito parcialmente en el “post” anterior. No sé de dónde ha sacado el Sr. Ruiz Gallardón lo de los menos de seis millones de asuntos en Francia en el 2010 frente a los más de nueve millones en España el mismo año. Esto último es cierto, pero a mí no me salen esas cuentas francesas consultando los datos que ofrece el Institut National de la Statistique et des Études Économiques (INSEE), donde el cuadro de la “Activité judiciare en 2010” arrojaría una cifra de cerca de 14 millones de asuntos resueltos, sin contar la ejecución forzosa. Se dirá, quizá, que en esa cifra se incluyen 10 millones ciento cincuenta y tres mil novecientos y pico asuntos relativos a multas de tráfico. Es verdad: pero no soy yo quien los incluye en la actividad judicial en 2010, sino la República Francesa, quizá porque las multas pueden  ser recurridas y los recursos resueltos por lo que esa República considera un juez. En todo caso, ¿quiénes somos el Sr. Ruiz Gallardón y yo para discutir las cifras de “la France”? Sin esos asuntos judiciales pequeños en Francia, no es que los procedimientos judiciales no habrían superado los seis millones: es que no habrían llegado ni a cinco millones, siempre conforme al INSEE, que omite los datos de asuntos iniciados, que son los que realmente miden la litigiosidad. Si quieren, vean por Vds. mismos el cuadro:


 Hay, en Francia, sin embargo, otra fuente de estadística judicial más completa, que es la del Ministére de la Justice et des Libertés: Les chiffres clés de la Justice:


 Estas estadísticas sí tratan de los asuntos iniciados y no sólo de los resueltos. Las diferencias entre el sistema judicial español y el francés son numerosas e importantes, de modo que la comparación exacta de equivalencias plenas exigiría muchas matizaciones. Con todo, la estadística del Ministère de la Justice et des Libertés, tampoco arroja, ni de lejos, la brecha que enarbola el Sr. Ruiz Gallardón para presentar a España como un país en que litigamos por litigar, por fastidiar a los dirigentes políticos, a los Jueces y Magistrados y a los Secretarios y otros servidores públicos. Sin les amendes forfaitaires majorées, sin las multas, a mí me salen, para el 2010, 8.352.075 asuntos. (V. Anexo: con las cifras que sumo, hay algunos datos más, sobre asuntos terminados, que pongo entre corchetes). Puedo haber contado mal, pero el error, por fallo en equivalencias difíciles de establecer, sería mínimo y poco significativo.

Los franceses litigan menos que los españoles (¿o quizá tienen menos oportunidades de tutela jurisdiccional propiamente dicha?), pero como ejemplo de que no existe el “gap” trompeteado por el Sr. Ruiz Gallardón, hay unas cifras indiscutibles, las relativas a la Justicia civil. Los asuntos civiles nuevos, en Francia, en 2010 fueron 2.780.062. Los asuntos civiles nuevos, en España, ese mismo año, fueron 1.984.098.  Un 28’64 % menos en España que en Francia, siendo la población española un 38’47 por ciento inferior a la francesa, según las cifras redondas de 65 millones (Francia) y 46 millones (España). Habría, sí, un porcentaje de litigiosidad civil en España algo superior al de Francia, pero en absoluto tan tremendo como el afirmado por el Sr. Ruiz Gallardón. Por cierto que en la resolución de los asuntos civiles estaríamos muy a la par: en Francia resolvieron en 2010 2.673.131 asuntos (entraron, recuerdo, 2.780.062) y en España 1.901.040 (entraron 1.984.098).

Pero conviene comparar otros datos. Sólo dos: los “recursos humanos” y los dineros. Veamos, primero, los “efectivos” humanos totales de la Justicia en Francia y España.

Francia 2010: Effectifs budgétaires 2010 en équivalent temps plein: 73.594 Agents

España 2010: 56.188 [total, según plantillas, de Jueces y Magistrados (4.984), Fiscales (2.307), Secretarios (4.115), Médicos forenses (1.035), Cuerpo Gestión Procesal (13.715), Cuerpo de Tramitación procesal (20.842),  Cuerpo de Auxilio Judicial (9.190). Es un 76’34 % del personal francés, cuando la población española es sólo un 61’53 % de la francesa, de manera que cada 100.000 españoles tocamos a más servidores de la Justicia que cada 100.000 franceses. Con todo, el plus francés absoluto del 22’66 % no es desdeñable, sobre todo cuando de economías de escala se trata.

[Los datos sobre España se obtienen de las Memorias anuales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y de otros documentos del mismo CGPJ:



Por último, comparemos los recursos económicos dedicados por España y Francia a la Justicia:

ESPAÑA:

Presupuesto total nacional 2008: 3.411.588.887 € (incluyendo CGPJ y Ministerio). De ese total, la aportación total de las Comunidades Autónomas a los Juzgados y Tribunales fue de 1.943.680.437 €

Presupuesto total nacional 2009: 3.558.073.830 € (incluyendo CGPJ y Ministerio. Aportación de las CC.AA.: 2.005.637.900 €.
Presupuesto total nacional 2010: 3.867.828.013 (incluyendo CGPJ y Ministerio). Aportación de las CC.AA.: 2.159.843.103

Curiosísimamente, en un documento del mismo organismo (el CGPJ) del que proceden los demás datos, documento que consiste en una presentación resumida en power point del documento “La Justicia, dato a dato. 2010”, no en la versión extensa del documento del mismo título, se ofrece la cifra total de 4.056.870.049 euros. Lógicamente, nos fiaremos de la versión oficial.

Presupuesto total nacional 2011: no hay cifras disponibles.


FRANCIA:

Presupuesto 2008: 6.497.010.000 €

Presupuesto 2009: 6.632.130.000 €

Presupuesto 2010: 6.840.000.000 €

Presupuesto 2011: 7.140.000.000

Las diferencias son elocuentes a simple vista. Pero si comparamos los presupuestos del año 2009, veremos que el presupuesto para Justicia en España es un 56’54% del de Francia o, dicho de otro modo, un 44’46 % inferior al de Francia, siendo la población española, como ya hemos dicho, sólo un 38’47 % inferior a la francesa. Francia, en términos absolutos y en términos relativos, dedica más dinero a su Justicia que España a la suya.

O sea, que a lo dicho: a no llorar ni quejarse más de la litigiosidad y a afrontarla mejor. Porque en todo litigio de cualquier tipo -no sólo en los penales y en los de familia- hay vidas humanas en juego. Y eso es más claro y más importante que una “competitividad” difícil de definir y, de hecho, no definida.

sábado, 14 de enero de 2012

GRAN PATINAJE DEL NUEVO MINISTRO DE JUSTICIA (I)



¡¡“MILES DE MILLONES DE EUROSRETENIDOS E IMPRODUCTIVOS!!

PERO, ¿QUIÉN INFORMA AL MINISTRO?



Con ocasión de la toma de posesión del nuevo Secretario de Estado de Justicia, el día 3 de enero de 2012, el Ministro del ramo, D. Alberto Ruiz Gallardón, dijo cosas que,  aunque quizá no merezcan pasar a la Historia, tampoco deben pasar inadvertidas. Fueron todo un ejercicio de patinaje, bastante significativo. Para empezar, el Ministro afirmó -tomo las frases, con entrecomillados, de noticias de prensa en principio fiables y no rectificadas- que ese acto manifestaba el objetivo compartido de «entrega, solidaridad y confianza» de su nuevo equipo en sus propias capacidades. Y añadió que «formar equipos supone dejar atrás los tiempos superados de las personas providenciales y apostar por la eficacia de quienes están dispuestos a colaborar en el servicio a los ciudadanos».

A mí me parece dudoso que “formar equipos” pueda presentarse, siquiera sea en una pieza oratoria menor, como una notable innovación, tal que si, hasta ahora, nadie o casi nadie hubiese hecho eso de los “equipos”.  Dejar atrás los tiempos superados” no parece difícil (lo difícil sería lo contrario). Y en cuanto a “las personas providenciales”, la verdad es que no tengo ni idea de a quién o a quiénes podría estar aludiendo el Sr. Ruiz Gallardón, porque precisamente a él mismo cabría considerarle un Alcalde de Madrid en verdad providencial, constructor del Madrid del futuro (ahora toca buscarle un futuro a Madrid), para lo que no reparó en gastos, arrojándose y arrojándonos en manos de la Providencia. Pero se ve que, transformado ya el ex-alcalde en Ministro de Justicia, para él, nada de Providencia. Ahora, en ese Ministerio, es el tiempo de la apuesta, el tiempo del áleas, del azar, de lo aleatorio, de la buena o mala suerte, de la lotería, vamos. Apostamos por la eficacia y la buena disposición, pero apostamos. A mí no me gusta nada esta moda de que los gobernantes de dediquen a hacer apuestas: sus decisiones no deben ser apuestas, ni a título de metáfora (ya muy sobada, además).

Tras este exordio, el nuevo Ministro fijó objetivos diáfanos: “la aplicación uniforme de las nuevas tecnologías y la reducción del número de procedimientos judiciales, que en 2010 fueron más de nueve millones para una población de 46 millones de españoles cuando países como Francia, con 65 millones de habitantes, no supera los seis millones de procedimientos en total.” (de esto me ocuparé en un próximo “post”).

Luego, como se encargaron de subrayar los “medios”, el Ministro, por aquello de que deben «modificarse costumbres que no son compatibles con una cultura competitiva», propuso revisar la inhabilitación procesal del mes de agosto, porque–dijo- esa inhabilidad «tenía sentido por razones históricas» y, a su juicio, es algo probablemente eliminable para avanzar en la tan careada agilización de los procesos.

No me voy a detener en esta idea de hacer hábil el mes de agosto en todos los ámbitos jurisdiccionales. Es un asunto sobre el que todos producirán interesantes comentarios. Me limitaré a apuntar que las cuestiones concretas que más atención merecen al respecto son, por un lado, la de la celebración de juicios en agosto, porque otras tareas jurisdiccionales no pienso que ofrezcan dificultad (además de las de instrucción penal, para las que son hábiles todos los días y horas del año) y, por otro lado, la muy difícil adaptación del trabajo de los abogados que ejercen la profesión en solitario, que no son pocos. Dudo mucho (es un eufemismo), por lo demás, de que tal cambio pueda de verdad llevarse a cabo “a coste cero”, como es costumbre ahora afirmar que cabe y que hay que hacerlo.


LOS “MILES DE MILLONES DE EUROS” RETENIDOS E IMPRODUCTIVOS


Con ser interesante lo anterior, resultó casi una nimiedad en comparación con lo que dijo el S. Ruiz Gallardón hacia el final de su breve discurso. Además de caracterizar la seguridad jurídica como un factor de competitividad de nuestra nación (una visión tecnocrático-economicista a tope), el joven Ministro afirmó que «cuando la crisis es prioridad para cualquier departamento de un gobierno y el paro castiga la vida de millones de ciudadanos de un país, no podemos seguir reteniendo en procedimientos judiciales miles de millones de euros que deberían estar destinados a la productividad y a la inversión».




Esta afirmación aparecía en los tres enlaces que acabo de insertar. Al leer tales palabras, de su superlativa importancia y máxima gravedad, pensé que debían ser detenidamente analizadas. Era algo muy serio que, sin más ni más, se estuviesen reteniendo (por los Juzgados y Tribunales) “miles de millones de euros”, que se podían dedicar “a la productividad y la inversión”, lo que significaba que esa retención de “miles de millones de euros” estaría siendo improductiva hasta ahora y desde Dios sabe cuándo. Pensé, en honor a la verdad y a la justicia, que ni siquiera a los Gobiernos de Rodríguez Zapatero les podía haber pasado inadvertido un fenómeno tan llamativo como el de “miles de millones de euros” retenidos improductivamente. ¿Qué obra pública no podría haber hecho D. José Blanco con al menos parte de lo retenido? ¿Qué recortes no se habrían podido evitar a la ciudadanía poniendo en producción esos “miles de millones de euros”, que parecía haber descubierto el Sr. Ruiz Gallardón?

La cosa era tan gorda que, ante todo, procedía una investigación sobre la frase relativa a esos “miles de millones de euros”. ¿A qué se refería Ruíz Gallardón? La investigación arrojó resultados nuevos al descubrir que, según otras fuentes, el nuevo Ministro habría hablado de “miles de millones de euros en los juzgados atascados que habrá que recuperar”: http://www.diariojuridico.com/actualidad/gallardon-presenta-en-sociedad-a-su-equipo-de-trabajo-y-recuerda-que-la-justicia-es-un-elemento-clave-para-que-el-pais-sea-competitivo.html o que, como precisaba otro medio http://www.elpais.com/articulo/espana/Gallardon/habilitara/mes/agosto/agilizar/justicia/elpepunac/20120104elpepinac_15/Tes, «Gallardón se ha propuesto también terminar con las dilaciones indebidas en la justicia, que mantienen bloqueados miles de millones de euros"’, que deben destinarse "a la productividad y a la inversión" para hacer frente a la crisis

Esto ya era otro cantar, algo diferente. El Ministro se estaría refiriendo, sin duda (no podría tratarse de otra cosa), a los dineros (no necesariamente euros) que se encuentran en las llamadas “Cuentas de Consignaciones y Depósitos”, abiertas por cada Juzgado y Tribunal, por los Servicios Comunes e incluso por algunas Fiscalías. Hay, en efecto, unas buenas cantidades de dinero en esas cuentas y no digamos en el total de ellas (ya lo verán enseguida). Y es como si Ruiz Gallardón dijera “deseo que los acreedores dispongan cuanto antes de lo que se les debe y se les pudo embargar a sus deudores y de lo que se obtuvo subastando lo embargado” o “hago votos por que los recursos que exigen depósito previo se resuelvan cuanto antes de modo que, si el recurso es estimado, cuanto antes le sea devuelva al recurrente la cantidad depositada.” Está muy bien ese deseo, aunque no me parece un enfoque acertado ver las dilaciones indebidas más desde esa concreta perspectiva económica que desde el punto de vista de la efectividad o inefectividad de la tutela judicial. Por otra parte, los costes económicos de las dilaciones indebidas no se miden así y hay valores muy importantes -la seguridad jurídica, el prestigio del Estado, etc.- involucrados en una Justicia sin dilaciones indebidas o con esas dilaciones, más o menos prolongadas. Pero no hay cálculo alguno disponible del coste económico de las dilaciones indebidas (salvo unas cifras ridículas que después diré y que ni de lejos son “miles de millones de euros”).

En todo caso, me parece muy necesario explicar lo de las “Cuentas de  Consignaciones y Depósitos”. Y, aunque no sea de mi agrado, tengo que enmendar al Sr. Ruiz Gallardón y preguntarme con bastante asombro si acaso se deja informar por gente del ámbito judicial, sí, pero sin la más remota idea de la realidad global de la Justicia, por llevar larguísimo tiempo recluidos en ámbitos muy singulares (la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo, el CGPJ), despreocupados de todo lo demás, es decir, de casi todo. No apunto en esa dirección sin serios motivos y fuertes indicios. Y menos aún reprocho gratuitamente a los probables asesores no saber nada de la compleja realidad de nuestra Justicia. Como el nuevo Ministro sin duda habló con asesoramiento previo y le han hecho decir algo penoso, sus asesores ignoran cosas elementales.

La Justicia mueve mucho dinero. Pero no es dinero retenido ni dinero improductivo, aunque, desde luego, se pueda discutir la productividad y sus beneficiarios. La Justicia mueve mucho dinero porque tiene que moverlo. Cada Juzgado, cada Tribunal y Audiencia, los Servicios Comunes e incluso algunas Fiscalías abren cuentas porque, por muy diversos conceptos incluso dentro de los órganos del mismo tipo, reciben dinero (no necesariamente euros) y tienen que entregar dinero: reciben dinero en depósitos para recurrir, que se devolverá si el recurso se estima (Disposición Adicional 15ª de la LOPJ, según la L.O. 1/2009, BOE de 4 de noviembre); reciben cauciones para afrontar daños y perjuicios en caso de concesión de medidas cautelares y con frecuencia tendrán que devolver todo o parte del importe de las cauciones; reciben los precios de las cosas inmuebles, muebles o semovientes, objeto de subastas judiciales; ingresan las fianzas para eludir la prisión provisional; ingresan el dinero directamente embargado o el que se encuentra en un registro ordenado por un juez instructor; reciben, para consignar, rentas de arrendamientos y plazos impagados en la ejecución de préstamos hipotecarios, más un largo etcétera. Pero gran parte de ese dinero ha de entregarse a acreedores o reintegrarse a quien lo ingresó. Ese dinero no está, insisto, ni retenido e inmóvil. Ese dinero es mucho dinero, pero se mueve (nada menos que 22.026.639 movimientos en 2010).

Un Juzgado civil de Madrid puede presentar un saldo medio anual superior a los 3 millones de euros. Y según el mismo Ministerio de Justicia, el saldo total de las cuentas de consignaciones y depósitos fue en 2010 de  3.315.371.730 € (sepan que el presupuesto total para la Justicia alcanzó en 2010 los 3.867.828.013 € (incluyendo CGPJ y Ministerio), de los que sólo 1.629.874.120 €, correspondían al Estado central (el resto, a aportaciones de las Comunidades Autónomas). Veamos ahora lo de la productividad de esos “miles de millones de euros”.

Superados los viejos tiempos en que cada juzgado abría cuenta para consignaciones y depósitos en la entidad de crédito que prefería, desde hace varias décadas es el Ministerio de Justicia el que adjudica a una sola entidad crediticia, mediante concurso, para un plazo de varios años (seis, de ordinario), la gestión de todas las cuentas de consignaciones y depósitos (para lectores especialmente interesados, v. R.D. 467/2006, de 21 de abril, por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores y R.D. 1273/2011, de 16 de septiembre, por el que se modifica el anterior).

En la actualidad y desde 2002 (si no me equivoco), la entidad de crédito adjudicataria de la gestión de esas cuentas es BANESTO, que ganó el último concurso en julio de 2009. En el pliego de condiciones del último concurso, se exigía a las entidades de crédito que quisiesen participar ofrecer una remuneración superior a la de referencia (Euribor a tres meses a corto plazo y bono a tres años a medio). Ni que decir tiene que prácticamente nadie recibe por su cuenta una rentabilidad superior al Euribor, sino muy inferior. En 2009 sólo concursaron BANESTO y BBVA, que había gestionado esas cuentas con anterioridad. Al abrir  los sobres con las ofertas económicas, mientras BBVA ofrecía un diferencial de 0,68 puntos sobre el Euribor y de 0,53 puntos sobre el bono a tres años -una rentabilidad muy elevada en estos tiempos, pero no escandalosa-, BANESTO llegó a un diferencial de 1,80 puntos sobre ambas referencias: algo asombroso, sobre todo si se tiene en cuenta que en el periodo del concurso anterior BANESTO había ganado ofreciendo un diferencial de 0’37 puntos.

Sin duda, BANESTO y BBVA concursaron en 2009, no por hacer el bien sin mirar a quién, sino porque les interesaba económicamente ese conjunto de cuentas.  En su día, los analistas, tras el asombro de la oferta tan excepcional en “generosidad” de BANESTO, una oferta de apariencia temeraria, la explicaron por la inyección de liquidez que las cuentas de marras suponían, liquidez que, pensaban, el Banco adjudicatario no podía lograr a coste más bajo. Sea de ello lo que fuere, el Banco ha movido y mueve ese dinero con el ánimo de lucro propio de toda entidad de crédito. El dinero es directamente productivo para el Banco y probablemente lo es también para personas, físicas y jurídicas, clientes de esa entidad. Pero está, además, una extraordinaria, espectacular rentabilidad de las cuentas de consignaciones y depósitos para el Tesoro del Estado, no para la Justicia.  Esos “miles de millones de euros” son  productivos, muy productivos, para las arcas públicas. Por añadidura, BANESTO ofrece “productos” especiales a los servidores, directos e indirectos, de la Justicia, lo que no me parece mal, pero es una realidad innegable: vean, si no, el “Club Banesto Justicia” y sus diversas ventajas, que, por supuesto, no hay que confundir con donaciones o ayudas a fondo perdido: los “beneficiados” pagan y benefician al banco.

Ante esta realidad compleja, el nuevo Ministro de Justicia debería haber sido cumplidamente informado, para no despacharla con la frasecita que soltó, ni siquiera en su versión de eliminación o reducción de dilaciones indebidas. La frase resultó muy demagógica y generadora de confusión para el ciudadano común. En especial cuando está prevista la indemnización por dilaciones indebidas dentro del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia y en el año 2010 sólo se despacharon 212 expedientes por ese anormal funcionamiento y se pagaron 4.835.901 €, lo que no parece demasiado y, sobre todo, acredita que los españoles no son grandes aficionados a pelear por ese concepto de la dilación indebida.

Pero hay algo más. Al ciudadano común no se le puede decir que la Justicia –con dilaciones- está reteniendo miles de millones de euros que podrían ser dedicados a la inversión y que podrían ser productivos (lo que implica que ahora no lo son), sin mencionar que miles de empresas están pagando tasas por litigar desde la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (art. 35). En el año 2010, según datos del Ministerio de Economía y Hacienda, el Tesoro recaudó 172.287.000 €. El importe de esas tasas no ingresa en las “Cuentas de Consignaciones y Depósitos”, sino que lo recauda en directo la Administración Tributaria del Estado principalmente por el método de autoliquidación. No es muchísimo dinero, pero es algo nada despreciable y dar la impresión de que las pobres empresas tienen caudales retenidos, improductivos, sin decir que se les cobra por demandar y recurrir, es confundir y engañar, aunque no hubiese intención de hacerlo. Si quiere seriamente el Ministerio de Justicia activar la economía real, intente no arrebatar a las empresas que litigan esa pequeña liquidez. Me parece que el Ministro de Hacienda, Sr. Montoro, que lo era al aprobarse la Ley 53/2002, no le va a dejar. Pero si quiere no mermar eurillos a consumidores, usuarios, peatones y empresas, elimine la tontería de los depósitos para recurrir que se devuelven si se gana el recurso. Así, además de dejar algún dinero más en nuestros bolsillos, nunca podremos pensar que hemos perdido un recurso porque eso de reintegrar depósitos de 25 € lleva tiempo y papeleo.